Fuente.-AEAT 6/05/2020
Con fecha 17 de marzo se publicó en la web de la AEAT el aviso de que la AEAT permite el uso de certificados electrónicos (de la FNMT o de cualquier otra autoridad de certificación) caducados o próximos a caducar, de acuerdo con lo previsto en Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
Inicialmente la fecha de caducidad a partir de la cual se admitían fue el 15/02, pero actualmente se admiten aquellos certificados caducados con fecha igual o posterior al 01/02.
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· RENOVACIÓN* DE CERTIFICADOS
ELECTRÓNICOS.
La posibilidad de renovar un certificado electrónico depende de las condiciones
establecidas por la autoridad de certificación correspondiente.
No obstante, desde el viernes 27/03, la FNTM ha eliminado la restricción que
requería la personación física cada 5 años para poder renovar un certificado,
por lo que todos aquellos certificados a los que les queden menos de 60 días
para caducar, de Persona Física y de Representante de Administrador Único o
Solidario, podrán
ser renovados on line una segunda vez.
Asimismo en las fechas que se señalan la FNMT ha comunicado
las siguientes novedades:
Actualización 30/04/2020
Renovación: De acuerdo con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se ha
procedido a habilitar la renovación de certificados de Administrador Único o
Solidario caducados a partir de la entrada en vigor del mismo y
obtenidos de forma presencial.
Acceder a la renovación del certificado:
https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/administrador-unico-solidario/renovar-certificado
Actualización 03/04/2020
Renovación: De acuerdo con el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, se ha
procedido a habilitar la renovación de certificados de Persona Física caducados
a partir de la entrada en vigor del mismo.
Acceder a la renovación del certificado:
https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica/renovar
La FNMT indica en su web que siguen trabajando en alternativas para el resto de
certificados y que según vayan implementándolas se publicarán en su web.
https://www.sede.fnmt.gob.es/avisos-ceres
En el ámbito de la Comunidad Valenciana asimismo son de uso frecuente los
certificados expedidos por la Autoridad de Certificación de la Comunidad
Valenciana (ACCV) por medio de la Agencia de Tecnología y Certificación
Electrónica, en relación con dichos certificados la ACCV ha publicado la
siguiente nota:
Renovación telemática de certificados y aceptación de certificados
caducados ACCV
https://www.accv.es/sala-de-prensa/noticias/noticia/articulo/renovacion-telematica-de-certificados-y-aceptacion-de-certificados-caducados/?tx_ttnews%5BbackPid%5D=6&cHash=3b70f453cc
· Si el colaborador social carece a la fecha presente de certificado electrónico válido.
Para el caso de los certificados electrónicos de la FNMT, de uso habitual,
actualmente no es posible realizar la fase de acreditación de forma presencial
en las oficinas de la AEAT, por lo que las posibilidades de obtención de un
certificado electrónico expedido por esta entidad quedan reducidas a las
siguientes:
– Certificado de persona física: se podrá obtener el certificado de persona
física de la FNMT solamente cuando se solicite con DNI electrónico, con
los certificados electrónicos de autenticación y firma válidos y vigentes.
– Certificado de representante de persona jurídica, con NIF A o B, siempre que
la entidad este representada por un administrador único o solidario inscritos
en el RM, y estos tengan certificado electrónico de la FNMT, válido y vigente.
No obstante lo expuesto, y conforme se informa en la página web
del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, se
ha publicado un Listado de prestadores que expiden certificados de
firma electrónica mediante videoconferencia durante el
estado de alarma con sujeción a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de
marzo:
https://avancedigital.gob.es/es-es/Servicios/FirmaElectronica/Paginas/listado-de-prestadores-certificados-firma-electronica.aspx
Dicho listado contiene, a la fecha presente, dos prestadores cualificado de
servicios de confianza, ambos están incluidos en la relación de autoridades de certificación reconocidas por la Agencia Tributaria.
CAMERFIRMA : https://www.camerfirma.com/
UANATACA : https://web.uanataca.com/es/