Fuente.- AEAT 07/02/2020
A TENER EN CUENTA CUANDO SE RECIBE UNA HERENCIA.-
Tiene un plazo dentro de los de seis meses siguientes para Liquidar el Impuesto , pero pudieran existir discrepancias entre los herederos y debe de saber que puede pedir una Prorroga de seis meses.
La solicitud de la prorroga la debe de presentar dentro de los cinco meses siguientes al fallecimiento diciéndolas causas por las que la solicita y cuales el valor aproximado de los bienes y derechos de la herencia.
También podría pedir un Aplazamiento por falta de Liquidez, se da este caso cuando la herencia está compuesta por inmuebles y no hay otros bienes líquidos, este aplazamiento es de un año pero debe aportar garantías para pagar los intereses de demora por este retraso.
Puede también pedir que se le fraccione la duda apagar hasta en Cinco Anualidades, aunque se le pedirán también garantías que garantice el pago de la Cuota total resultante y de los intereses de demora además del 25% de la suma de las dos cantidades anteriores.